Guía de impuestos
La residencia fiscal no es lo mismo que el estatus migratorio. Puedes ser no inmigrante y aun así deber impuestos como residente: lo que cuenta son los días de presencia, no la visa de tu pasaporte.
Prueba de Presencia Sustancial (SPT)
El IRS usa la Prueba de Presencia Sustancial para determinar si eres extranjero residente para efectos fiscales. Tienes que contar tus días de presencia física en EE. UU. a lo largo de un periodo de 3 años.
Días en el año actual + (1/3 x días del año anterior) + (1/6 x días del año previo a ese) >= 183
- Debes haber estado en EE. UU. al menos 31 días durante el año actual
- El total ponderado de días a lo largo de 3 años debe ser 183 o más
- Los días del año actual cuentan completos (1x)
- Los días del año anterior cuentan a 1/3
- Los días de hace dos años cuentan a 1/6
Según el estatus migratorio
| Estatus | Residencia fiscal | Debe declarar | Reglas clave |
|---|---|---|---|
| F-1 (estudiante) | Extranjero no residente (los primeros 5 años calendario) | Obligatorio |
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| H-1B (ocupación especializada) | Extranjero residente (si cumple la Prueba de Presencia Sustancial) | Obligatorio |
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| L-1 (transferencia dentro de la misma empresa) | Extranjero residente (si cumple la Prueba de Presencia Sustancial) | Obligatorio |
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| O-1 (habilidad extraordinaria) | Extranjero residente (si cumple la Prueba de Presencia Sustancial) | Obligatorio |
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| J-1 (visitante de intercambio) | Extranjero no residente (los primeros 2 años si no es estudiante; 5 años si es estudiante J-1) | Obligatorio |
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| B-1/B-2 (negocios o turismo) | Extranjero no residente (por lo general) | Puede ser obligatorio |
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| TN (profesional del TLCAN/T-MEC) | Extranjero residente (si cumple la Prueba de Presencia Sustancial) | Obligatorio |
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| Tarjeta Verde (residente permanente legal) | Extranjero residente | Obligatorio |
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| DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) | Extranjero residente (si cumple la Prueba de Presencia Sustancial) | Obligatorio |
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| Asilo o refugio | Extranjero residente (si cumple la Prueba de Presencia Sustancial) | Obligatorio |
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| Titular de EAD (Documento de Autorización de Empleo) | Depende del estatus migratorio de base | Obligatorio |
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| Sin estatus migratorio | Puede cumplir la Prueba de Presencia Sustancial | Puede ser obligatorio |
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Beneficios de tratados tributarios
15 países tienen un tratado con EE. UU. Los estudiantes e investigadores de esos países muchas veces pagan de más por no reclamarlo.
🇮🇳 India
- Estudiantes:
- Estudiantes y aprendices exentos sobre $5,000 al año de servicios personales
- Profesores e investigadores:
- Profesores e investigadores exentos 2 años sobre los ingresos de docencia o investigación
Artículos 21 (estudiantes) y 22 (profesores)
🇨🇳 China (RPC)
- Estudiantes:
- Estudiantes exentos sobre hasta $5,000 al año de ingresos por servicios personales
- Profesores e investigadores:
- Profesores e investigadores exentos 3 años sobre los ingresos de docencia o investigación
Artículo 20 (estudiantes) y artículo 19 (profesores)
🇲🇽 México
- Estudiantes:
- Estudiantes exentos sobre los pagos recibidos del extranjero para manutención, educación o capacitación
- Profesores e investigadores:
- No hay un artículo específico para profesores o investigadores
Artículo 21 (estudiantes)
🇵🇭 Filipinas
- Estudiantes:
- Estudiantes exentos sobre los pagos recibidos del extranjero para manutención y educación
- Profesores e investigadores:
- Profesores e investigadores exentos 2 años
Artículos 21 y 22
🇰🇷 Corea del Sur
- Estudiantes:
- Estudiantes exentos sobre hasta $2,000 al año de empleo de medio tiempo
- Profesores e investigadores:
- Profesores e investigadores exentos 2 años sobre los ingresos de docencia o investigación
Artículo 21 (estudiantes) y artículo 20 (profesores)
🇻🇳 Vietnam
- Estudiantes:
- El tratado no contempla una exención específica para estudiantes
- Profesores e investigadores:
- No hay un artículo específico para profesores o investigadores
Disposiciones generales del tratado
🇨🇦 Canadá
- Estudiantes:
- Estudiantes exentos sobre los pagos recibidos de Canadá para manutención y educación
- Profesores e investigadores:
- No hay un periodo de exención específico, pero las disposiciones del tratado pueden aplicar
Artículo XX (estudiantes)
🇬🇧 Reino Unido
- Estudiantes:
- Estudiantes exentos sobre los pagos recibidos del Reino Unido para manutención, educación o capacitación
- Profesores e investigadores:
- Profesores e investigadores exentos 2 años
Artículo 20 (estudiantes) y artículo 21 (profesores)
🇩🇪 Alemania
- Estudiantes:
- Estudiantes exentos sobre los pagos recibidos del extranjero para manutención y educación
- Profesores e investigadores:
- Profesores e investigadores exentos 2 años
Artículo 20 (estudiantes y aprendices) y artículo 21 (profesores)
🇯🇵 Japón
- Estudiantes:
- Estudiantes exentos sobre los pagos recibidos de Japón para manutención y educación
- Profesores e investigadores:
- Profesores e investigadores exentos 2 años
Artículo 20 (estudiantes) y artículo 21 (profesores)
🇧🇷 Brasil
- Estudiantes:
- No hay un tratado tributario integral con EE. UU.
- Profesores e investigadores:
- No hay un tratado tributario integral con EE. UU.
No aplica: no hay un tratado integral
🇳🇬 Nigeria
- Estudiantes:
- No hay un tratado tributario integral con EE. UU.
- Profesores e investigadores:
- No hay un tratado tributario integral con EE. UU.
No aplica: no hay un tratado integral
🇨🇴 Colombia
- Estudiantes:
- No hay un tratado tributario integral con EE. UU.
- Profesores e investigadores:
- No hay un tratado tributario integral con EE. UU.
No aplica: no hay un tratado integral
🇵🇰 Pakistán
- Estudiantes:
- Estudiantes exentos sobre los pagos recibidos del extranjero para manutención y educación
- Profesores e investigadores:
- Profesores e investigadores exentos 2 años
Artículo XVIII (estudiantes) y artículo XVI (profesores)
🇸🇻 El Salvador
- Estudiantes:
- No hay un tratado tributario integral con EE. UU.
- Profesores e investigadores:
- No hay un tratado tributario integral con EE. UU.
No aplica: no hay un tratado integral
ITIN (Número de Identificación Personal del Contribuyente)
El ITIN es un número de procesamiento tributario que emite el IRS para personas que necesitan un número de identificación fiscal estadounidense pero no califican para un número de Seguro Social.
- Extranjeros no residentes obligados a presentar una declaración de impuestos estadounidense
- Extranjeros residentes que presentan una declaración estadounidense y no califican para un SSN
- Dependientes o cónyuges de ciudadanos o residentes estadounidenses
- Dependientes o cónyuges de titulares de visa que son extranjeros no residentes
- Extranjeros no residentes que reclaman beneficios de un tratado tributario
- Estudiantes, profesores o investigadores extranjeros no residentes que declaran o reclaman excepciones
FBAR: Formulario FinCEN 114 (Reporte de Cuentas Bancarias en el Extranjero)
Las personas estadounidenses deben reportar sus cuentas financieras en el extranjero si el valor total pasa de $10,000 en cualquier momento del año calendario.
Valor total de $10,000 en cualquier momento del año calendario
- Ciudadanos estadounidenses
- Titulares de Tarjeta Verde (residentes permanentes legales)
- Extranjeros residentes que cumplen la Prueba de Presencia Sustancial
- Cualquier persona estadounidense con autoridad de firma sobre cuentas financieras en el extranjero
FATCA: Formulario 8938 (Declaración de Activos Financieros Extranjeros Específicos)
FATCA exige que las personas estadounidenses reporten ciertos activos financieros extranjeros que superen determinados umbrales, en el Formulario 8938, junto con su declaración de impuestos sobre la renta.
Créditos que quizá puedas reclamar
Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC)
Un crédito reembolsable para trabajadores de ingresos bajos o medios. Puede dar un reembolso considerable aunque no debas impuestos.
Titulares de Tarjeta Verde · Extranjeros residentes con un SSN válido · Beneficiarios de DACA con SSN (revisa las reglas vigentes) · Personas asiladas o refugiadas con SSN
Crédito Tributario por Hijos (CTC)
Un crédito por cada hijo menor de 17 años que califique. Es parcialmente reembolsable como Crédito Tributario Adicional por Hijos.
Titulares de Tarjeta Verde · Extranjeros residentes · Extranjeros no residentes (de forma limitada) · Beneficiarios de DACA con SSN
Crédito Tributario de Oportunidad Estadounidense (AOTC)
Crédito educativo para los primeros 4 años de educación superior. Hasta $2,500 por estudiante elegible cada año.
Titulares de Tarjeta Verde · Extranjeros residentes · Extranjeros no residentes (si eligen declarar como residentes)
Crédito por Aprendizaje de por Vida (LLC)
Crédito educativo por matrícula y cuotas de cursos de licenciatura, posgrado y formación profesional. No hay límite de años para reclamarlo.
Titulares de Tarjeta Verde · Extranjeros residentes · Extranjeros no residentes (si eligen declarar como residentes)
Crédito por Impuestos Extranjeros
Crédito por los impuestos sobre la renta pagados o devengados en otro país o en un territorio estadounidense. Evita la doble tributación.
Titulares de Tarjeta Verde · Extranjeros residentes · Algunos extranjeros no residentes (con base en un tratado)
Crédito del Ahorrador (crédito por aportaciones para el retiro)
Crédito por las aportaciones elegibles a un plan de retiro (IRA, 401(k), etc.) para contribuyentes de ingresos bajos o medios.
Titulares de Tarjeta Verde · Extranjeros residentes que aportan a un plan de retiro
Preguntas
¿Tengo que declarar impuestos si estoy con visa de estudiante (F-1) y no tuve ingresos?
Sí. Aunque no hayas tenido ingresos de fuente estadounidense, los estudiantes F-1 deben presentar el Formulario 8843 (Declaración para Personas Exentas) cada año que estén en EE. UU. Ese formulario reporta tu estatus de exención bajo la Prueba de Presencia Sustancial. Si tuviste cualquier ingreso (incluidas becas para gastos de vida), también debes presentar el Formulario 1040-NR.
¿Cuál es la diferencia entre un SSN y un ITIN?
El número de Seguro Social (SSN) se emite a ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes y a ciertos no ciudadanos con autorización de trabajo. El Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN) lo emite el IRS a quienes necesitan declarar impuestos pero no califican para un SSN. Ambos tienen 9 dígitos, pero los ITIN siempre empiezan con «9» y llevan un dígito entre 70 y 88 en la cuarta y quinta posición. Un ITIN no te autoriza a trabajar.
¿Declarar impuestos ayuda a mi caso migratorio?
Sí, de varias maneras importantes. Cumplir con los impuestos demuestra buen carácter moral (requisito para la naturalización), muestra autosuficiencia económica (relevante para la carga pública), aporta evidencia de ingresos para la declaración jurada de sostenimiento I-864 y demuestra respeto a las leyes estadounidenses. USCIS revisa con frecuencia los registros fiscales durante los trámites migratorios.
Trabajo con H-1B. ¿Pago impuestos sobre mis ingresos mundiales?
Si cumples la Prueba de Presencia Sustancial (como le pasa a la mayoría de los trabajadores H-1B en su primer año), eres extranjero residente para efectos fiscales y debes reportar tus ingresos mundiales, incluidos intereses bancarios, rentas e ingresos de inversiones de otros países. Es posible que puedas reclamar el Crédito por Impuestos Extranjeros para evitar la doble tributación.
¿Tengo que reportar mis cuentas bancarias en el extranjero?
Si el valor total de todas tus cuentas financieras en el extranjero pasa de $10,000 en cualquier momento del año calendario, debes presentar un FBAR (Formulario FinCEN 114). Además, si superas ciertos umbrales más altos, quizá también tengas que presentar el Formulario 8938 de FATCA. Son requisitos separados: puede que tengas que presentar los dos.
¿Qué pasa si no declaro impuestos mientras estoy en EE. UU.?
No presentar las declaraciones obligatorias puede traer multas e intereses del IRS, un efecto negativo en la solicitud de naturalización (buen carácter moral), problemas con futuras solicitudes de visa, problemas con la declaración jurada de sostenimiento I-864 y, en casos graves, sanciones penales. Siempre es mejor declarar tarde que no declarar.
¿Puedo reclamar el Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC) siendo inmigrante?
El EITC está disponible para extranjeros residentes con un número de Seguro Social (SSN) válido durante todo el año fiscal. Quienes tienen ITIN no pueden reclamarlo. También necesitas ingresos del trabajo y cumplir con los límites de ingresos. Los extranjeros no residentes no pueden reclamarlo. Los titulares de Tarjeta Verde y las personas asiladas o refugiadas con SSN sí pueden calificar.
Mi país tiene un tratado tributario con EE. UU. ¿Cómo reclamo esos beneficios?
Para reclamar los beneficios de un tratado tributario: (1) averigua si existe un tratado entre tu país y EE. UU., (2) identifica el artículo específico que aplica, (3) presenta el Formulario 8833 (Divulgación de Posición Basada en un Tratado) con tu declaración y (4) para ingresos salariales, entrega a tu empleador el Formulario 8233 para la exención de retención. No todas las disposiciones de un tratado aplican a todos los tipos de visa.
Salí de EE. UU. a mitad del año. ¿Tengo que presentar una declaración?
Sí, es probable que tengas que declarar por la parte del año en que estuviste en EE. UU. Si eras extranjero residente, puedes tener un año de estatus dual. También es posible que debas presentar una declaración de extranjero que sale del país (Formulario 1040-C) antes de irte. Serían gravables tus ingresos mundiales durante la parte residente y tus ingresos de fuente estadounidense durante la parte no residente.
¿Cómo funciona la Prueba de Presencia Sustancial?
La SPT cuenta tus días de presencia física en EE. UU. a lo largo de 3 años: todos los días del año actual + 1/3 de los días del año anterior + 1/6 de los días de hace dos años. Si ese total es 183 o más Y estuviste presente al menos 31 días en el año actual, eres extranjero residente para efectos fiscales. Ciertos titulares de visa (F, J, M, Q) tienen periodos de exención.
¿Puedo declarar en conjunto con mi cónyuge que es ciudadano estadounidense?
Sí. Si eres extranjero no residente casado con un ciudadano o residente estadounidense, puedes elegir que te traten como extranjero residente durante todo el año y presentar una declaración conjunta. Ambos cónyuges deben incluir sus ingresos mundiales y hay que adjuntar a la declaración un escrito que haga esa elección (Sección 6013(g) del Código de Rentas Internas).
¿Qué es el impuesto FICA y lo pagan todos los inmigrantes?
El FICA incluye el impuesto del Seguro Social (6.2 %) y el de Medicare (1.45 %). La mayoría de los trabajadores inmigrantes paga FICA. Sin embargo, los titulares de F-1, J-1, M-1 y Q-1 están exentos durante su periodo de exención (5 años para estudiantes, 2 años para profesores e investigadores J-1). Los titulares de H-1B, L-1, O-1, TN y de Tarjeta Verde sí pagan FICA.
Tengo un ITIN. ¿Puedo abrir una cuenta bancaria en EE. UU.?
Algunos bancos aceptan el ITIN para abrir una cuenta, aunque las políticas varían según la institución. El ITIN por sí solo no autoriza a trabajar, pero sirve como identificación para fines bancarios. Muchas cooperativas de crédito y bancos comunitarios son más propensos a aceptarlo. Consulta con las instituciones de tu zona.
¿Cómo afectan los impuestos a mi solicitud de naturalización N-400?
USCIS examina tu cumplimiento fiscal como parte de la evaluación del «buen carácter moral» para la naturalización. Por lo general revisa el periodo requerido (5 años en la mayoría de los casos, 3 si es por matrimonio). Debes haber presentado todas las declaraciones obligatorias, haber pagado todo lo que debes (o tener un plan de pagos), no haber cometido fraude fiscal y asegurarte de que tus declaraciones concuerden con lo que afirmas en tu caso migratorio.
¿Qué es una transcripción de impuestos y cómo la consigo?
Una transcripción de impuestos es un documento del IRS que muestra la información de la declaración que presentaste. Hay varios tipos: transcripción de la declaración (las partidas de la declaración), transcripción de la cuenta (estado civil tributario, pagos) y el registro de cuenta. Puedes obtenerlas en irs.gov/individuals/get-transcript, llamando al 1-800-908-9946 o enviando por correo el Formulario 4506-T. Las solicitudes migratorias suelen pedir transcripciones de impuestos.
Soy beneficiario de DACA. ¿Tengo que declarar impuestos?
Sí. Los beneficiarios de DACA con autorización de trabajo están obligados a declarar los ingresos que obtienen con un empleo autorizado. Deberías tener un SSN para declarar. Declarar impuestos demuestra buen carácter moral, lo que importa si en el futuro se abre algún tipo de alivio migratorio. Guarda copia de todas tus declaraciones como prueba de cumplimiento.
¿Cuál es la multa por no presentar el FBAR?
Las infracciones no intencionales del FBAR pueden llevar multas de hasta $10,000 por infracción. Las intencionales pueden costar lo que sea mayor entre $100,000 o el 50 % del saldo de la cuenta por infracción, además de posibles sanciones penales. El IRS tiene procedimientos simplificados para quienes desconocían el requisito, incluidos los Procedimientos Simplificados de Cumplimiento.
¿Puedo recibir un reembolso si pagué de más siendo extranjero no residente?
Sí. Si tu empleador retuvo más impuesto del que debías, o si calificas para beneficios de un tratado que reducen tu obligación, puedes presentar el Formulario 1040-NR para pedir el reembolso. Muchos estudiantes F-1 y visitantes de intercambio J-1 tienen derecho a un reembolso, sobre todo si su país tiene un tratado tributario con EE. UU.
Trabajo por cuenta propia con visa O-1. ¿Cuáles son mis obligaciones fiscales?
Los titulares de O-1 que trabajan por cuenta propia deben presentar el Anexo C con el Formulario 1040, pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia (15.3 %) por medio del Anexo SE, hacer pagos trimestrales estimados y, posiblemente, pagar impuestos estatales. Puedes deducir los gastos legítimos del negocio. Lleva un registro detallado de todos tus ingresos y gastos. Considera contratar a un contador que entienda los temas fiscales migratorios.
¿Qué es la excepción de «conexión más estrecha» a la Prueba de Presencia Sustancial?
Si estuviste en EE. UU. menos de 183 días en el año actual pero cumples el total ponderado de 3 años, puedes reclamar la excepción de conexión más estrecha presentando el Formulario 8840. Tienes que demostrar que (1) tu domicilio fiscal estaba en otro país, (2) tenías una conexión más estrecha con ese país que con EE. UU. y (3) estuviste presente menos de 183 días. Así sigues siendo extranjero no residente.
¿Los solicitantes de asilo tienen que declarar impuestos?
Los solicitantes de asilo que tienen autorización de trabajo (EAD) y generan ingresos deben declarar. Incluso quienes esperan una decisión deberían hacerlo si tienen ingresos. Declarar impuestos demuestra buen carácter moral y cumplimiento de las leyes estadounidenses, lo que puede respaldar la solicitud de asilo. Las personas refugiadas y las asiladas aprobadas declaran como cualquier otro extranjero residente.
¿Cómo evito pagar impuestos dos veces por mis ingresos del extranjero?
Puedes evitar la doble tributación con (1) el Crédito por Impuestos Extranjeros (Formulario 1116), que es un crédito dólar por dólar por los impuestos pagados fuera, (2) las disposiciones de un tratado que exenten ciertos ingresos, (3) la Exclusión de Ingresos Ganados en el Extranjero (Formulario 2555) si calificas, o (4) las deducciones detalladas por impuestos extranjeros (aunque el crédito suele convenir más). Consulta a un profesional para tu caso.
¿Qué formularios debo presentar como extranjero no residente?
Los extranjeros no residentes suelen presentar el Formulario 1040-NR (Declaración de Impuestos de Extranjero No Residente), el Formulario 8843 (Declaración para Personas Exentas, obligatorio incluso sin ingresos) y, en algunos casos, el Formulario 8233 (exención de retención por tratado), el Formulario 8833 (Divulgación de Posición Basada en un Tratado) y declaraciones estatales. Algunos también deben presentar el FBAR y el Formulario 8938.
Mi ITIN venció. ¿Qué hago?
Si tu ITIN venció (dígitos centrales 70-88 o sin usar en 3 años), tienes que renovarlo presentando el Formulario W-7 con la documentación requerida. Puedes renovarlo en cualquier momento, pero conviene hacerlo antes de la temporada de declaraciones. Puedes renovarlo en persona en una oficina del IRS, por medio de un Agente Tramitador Certificador o por correo. El trámite toma de 7 a 11 semanas.
Esto es información general, no asesoría fiscal, y la ley tributaria cambia cada año. Declarar por error como no residente cuando eres residente —o al revés— puede afectar más adelante una solicitud de naturalización, así que vale la pena hacerlo bien. Confírmalo en las páginas del IRS para contribuyentes internacionales.